El sector de la ortopedia se ha situado en una compleja y a la vez delicada situación con motivo de esta crisis del coronavirus que nos toca vivir y combatir. La voluntad de servicio que siempre ha caracterizado a la ortopedia se está demostrando una vez más durante estos días, con acciones e iniciativas en los más diversos puntos del Estado que no dejan lugar a dudas sobre la implicación de los técnicos ortopédicos por servir y atender a los pacientes, ya sea en sus propios establecimientos o incluso desplazándose a centros hospitalarios donde se requiere de su intervención profesional.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, sitúa a las ortopedias como unos establecimientos sanitarios considerados esenciales, que deben estar abiertos durante esta crisis. Este hecho compromete seriamente la posibilidad de las ortopedias de solicitar las ayudas económicas y ERTEs anunciadas por el Gobierno, pues no están cerradas al público. En un sector como el nuestro, donde predominan las pymes, microempresas y autónomos, esto compromete seriamente la viabilidad y el futuro de muchas ortopedias. Si bien las ortopedias permanecen abiertas, la ausencia de prescripciones del CatSalut al no haber visitas médicas (también la ausencia de pacientes privados) junto con la falta de material de protección para atender posibles visitas, recomienda en muchos casos el cierre de los centros y la atención solo de urgencias inaplazables.
En este contexto, desde FETOR se han mantenido contactos y se han llevado a cabo diversas gestiones con la Conselleria de Sanitat de la Generalitat de Catalunya para enmendar esta situación de “desamparo económico” en el que se encuentra la ortopedia en toda esta crisis. Y el esfuerzo ha valido la pena, pues el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) del día 23 de marzo de 2020 publica la Resolució SLT/762/2020 del Departament de Salut, en la que resuelve “Suspender toda la actividad asistencial de carácter no urgente de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de régimen ambulatorio y que prestan servicios exclusivamente de provisión privada. Estos centros, servicios y establecimientos deben garantizar exclusivamente la atención a los problemas de salud que puedan tener una evolución desfavorable si se demora su tratamiento según el criterio de los profesionales sanitarios que prestan asistencia”.
Al amparo de esta Resolución y asesorados por nuestro servicio jurídico, FETOR ha hecho llegar un escrito al Ministerio de Sanidad del Gobierno español solicitando la exclusión de las ortopedias de la relación de centros y establecimientos que deben permanecer abiertos.